¡No podemos Apoyarlo Señor Presidente!
Por: Bernardo Romero Parra,
P.U. Comunicación Social Periodismo.
En las últimas horas el Señor Presidente de la República, ha solicitado a los colombianos que apoyemos los cambios que su gobierno a decretado en el sistema de salud, como respuesta a ese pedido los ciudadanos estamos en el deber de responder: ¡No podemos Apoyarlo Señor Presidente! sencillamente por que esas medidas nos lesionan el derecho fundamental a la vida consagrado en la constitución nacional.
La carta magna de Colombia, define a nuestra nación como un estado social de derecho, donde las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Por lo tanto es una responsabilidad indelegable del estado velar por la vida de todos quienes vivimos en este territorio, lo cual debe realizar verbi gracia a través de la prestación del servicio de seguridad social en salud, luego no se puede trasladar a los ciudadanos la exclusividad de responder por los costos de todos los tratamientos médicos que requiera para mejorar su salud integral, como pretende el gobierno al expedir el decreto 128 del 21 de enero de 2010, que en su artículo 11 establece que los costos de las prestaciones excepcionales en salud se financiaran por los afiliados y el articulo 15, ordena que la autorización de prestaciones excepcionales en salud que serán cofinanciadas por el FONPRES procederá previa verificación de la capacidad real de pago del afiliado, a partir de la cual se determinará si el solicitante o su grupo familiar pueden costearlo en su totalidad.
En consecuencia Imaginémonos a un paciente de una enfermedad de alto costo esperando que se realice una investigación financiera para establecer la capacidad real de pago del afiliado como lo dice el decreto 128 de 2010: Informe de los bancos, del Instituto Agustín Codazzi, de las Cámaras de Comercio, de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, de las Notarias descubriéndose al termino de seis (6) meses que la persona no posee ningún bien, pero que un hermano si tiene capacidad de pago, pero se niega a firmar el compromiso de pago para que se autorice el procedimiento medico. ¿Qué pasaría?
Actos administrativos como los decretados recientemente amparados por la emergencia social en salud, donde también se atenta contra la autonomía ética y científica de los médicos al crearles unos parámetros que deben observar so pena de sanciones se constituyen en una afrenta a un verdadero estado social de derecho que tendría que propender por el mayor bienestar de los asociados y no para la mayor prosperidad de unos pocos (EPS y IPS), por esas razones rechazamos esas medidas antipopulares. El Señor Presidente de la República y su Ministro de la Desprotección Social se han equivocado nuevamente, evidenciando que el gobierno viene dando tumbos como el de AIS, los falsos positivos y el referéndum reeleccionista, señales que nos deben indicar a los ciudadanos que lastimosamente no podemos seguir apoyando a quien fue un Buen Presidente.